Cómo se calcula la renta familiar

La renta familia es el resultado de la declaración disponible de todos los integrantes de la familia. En este cálculo se incluye a los miembros que cuenten con mayoría de edad y que adquieran alguna forma de renta en el año. Es también denominada como renta disponible o renta personal disponible. Esta renta tiene como único fin el de ser utilizada por las familias para ahorros y posteriores gastos.

Bajo argumento, entendemos que la renta familiar es la porción de la renta nacional -que es la suma de todas- que llegan a las familias. La misma es el resultado de excluir los ingresos de un hogar, los impuestos y los cargos del seguro social. Para la inscripción de plazas, la actualización de las matriculas escolares o para obtener becas en instituciones educativas privadas se solicita el cálculo de la renta per cápita de la familia. Si estás interesado en saber, continúa leyendo y conoce cómo se calcula la renta familia.

¿Quiénes son los miembros de la familia?

Familia

Antes de conocer el cálculo, es importante saber quiénes son los miembros de la familia. Este dato es relevante para cuantificar la renta y el patrimonio familiar. Teniendo en cuenta esta información -en el supuesto de optar por una beca- determinará si es postulante es o no merecedor de la ayuda.

Equivocarse en relación con la unidad familiar es uno principales promotores de retrasos para tramitar la beca. Si el postulante conoce cuáles son los integrantes de su núcleo, el Ministerio de Educación y Cultura (MEC) agilizará la información y procederá más rápido a su emisión. Sin embargo, al momento de completar el formulario de solicitud se preguntará si:

  • El postulante -el padre, madre o tutor legal del postulante- vive con pareja registrada. Además, es de su interés saber si convive con otra (s) persona (s) que no forme parte de su grupo familiar.
  • El postulante incluirá -en caso de ser necesario- conyugue de padre, madre; compañero (a) del padre o madre registrado (a) o no. Es importante recalcar que se consultará si está en convivencia con personas que no sean integrantes de la familia.
  • El estado civil que debe agregar es el que especificó el año previo.

Es imperativo destacar que, todas las personas que residan en el mismo domicilio no serán integrantes pertinentes para el cálculo de la renta. Esto incluye terceros familiares como primos, sobrinos, tíos y cualquier otro menor de 25 años; en salvedad a este punto solo podrá integrarse quien posea discapacidad. Por esta razón, la estructura del núcleo familiar se organiza de estas dos maneras:

Opción 1: El postulante es dependiente económico

Dependencia económica

Al momento de solicitar una beca, este es el caso más común en relación con el conteo de la unidad familiar. El postulante vive con sus padres y depende económicamente de ellos o, en su defecto, no vive con ellos, pero se sostiene gracias a su aporte financiero. Este ocurre cuando el solicitante es aún menor de 25 años y no posee rentas propias.

En este supuesto, los miembros aptos para contabilizarse como núcleo familiar son:

  • El interesado no es el sustentador principal; sus ganancias y bienes se calculan en un 50 %.
  • El padre, madre o tutor legal del beneficiado son los son los sustentadores principales de la unidad familiar. En este caso la renta y sus bienes se contabilizan en un 100 %.
  • No se consideran sustentadores principales los hermanos solteros menores de 25 años que viven la residencia familiar. Tampoco serán admitidos los hermanos mayores de 25 años, siempre y cuando posean alguna discapacidad. En ambos casos, las rentas se estipulan en un 50 %.
  • No se consideran sustentadores principales los abuelos paternos o maternos del beneficiado. Aunque los mismo justifiquen que viven en el mismo domicilio, solo se les contabilizará el 50 % de sus rentas.

¿Qué ocurre si los padres están divorciados?

Si los padres del beneficiado están divorciados y existe una custodia monopaternal no será calculable la persona que conviva con el postulante. Sin embargo, sí contará el nuevo conyugue de la madre o padre -en caso de existir-. En este caso, también se considerará quien posea ingresos propios y viva con el solicitante.

Si los padres del beneficiado están divorciados y existe una custodia compartida, se podrán calcular los ingresos del padre y la madre. Además, podrán añadir al resto de sus hijos comunes y los abuelos paternos o maternos del postulante. Los abuelos deben justificar que residen en la misma casa con un documento emitido por la entidad municipal.

En el proceso de la beca deben agregar como estado civil separados sin importar si alguno se casó nuevamente.

Opción 2: El solicitante asegura ser independiente

Independencia económica

Este caso no es el más común, pero existen excepciones. Ese responde a aquel que no vive con sus padres o tutor legal. Además, certifica que es financieramente dependiente de ellos y posee arrendamiento propio. Es importante comprobar que el dinero con el cual se cancela el alquiler es resultado de recursos propios.

En este supuesto, los miembros aptos para contabilizarse como núcleo familiar son:

  • El postulante es el sustentador principal y su ingreso se contabiliza al 100 %.
  • Quien esté unido -pareja- al solicitante también es considerado sustentador principal y su renta se considera al 100 %.
  • En caso de existir, los hijos del postulante que residan en el mismo domicilio. Al no considerarse sustentadores principales de la familia, sus rentas se estiman en un 50 %.
  • Los padres, abuelos o hermanos no se incluyen en el cálculo del núcleo familiar.

¿Cómo se certifica la independencia financiera?

Uno de los mayores beneficios de que persona se considere financieramente dependiente de los padres, es que tiene mayores posibilidades de obtener una beca con una cantidad económica mucho más alta. Por esta razón el postulante deberá entregar los siguientes documentos:

  • Titularidad del domicilio donde reside. En su defecto algún recibo de pago que compruebe que el arriendo está a cargo del postulante.
  • Debe demostrar que sus ingresos mensuales son superiores al gasto que la vivienda donde residen supone.

De no cumplirse con estos requisitos mínimos, se asumirá que no posee independencia propia y su caso se tomará como el explicado en la opción 1.

¿Cómo se calcula la renta familiar para una beca?

calculo

Tras conocer quiénes serán computables o no en el cálculo de la unidad familiar pasamos a realizar la contabilidad. La beca de los estudiantes es distinta y se mide según el ingreso familiar. Para el mismo se tomarán las siguientes variantes:

  • 100 % de los sustentadores principales. En este caso serían los padres -en caso de ser dependiente-. El postulante o el postulante y su pareja -en caso de ser independiente-.
  • 50 % de los sustentadores no principales. En el ingresan los hermanos y abuelos -en caso de ser dependiente económico-. Los hijos -en caso de ser independiente financieramente-.

Calcular la renta familiar es sencillo, solo necesitarás seguir una serie de normas establecidas por el Ministerio de Educación y Cultura (MEC). Además de tomar en cuenta los puntos previos, debes considerar que la renta del núcleo familiar no es el resultado de todos los ingresos. Por el contrario, es la suma de sus bases imponibles en la declaración.

En periodos de año, el cálculo se modifica. Esto también varía según la Comunidad Autónoma donde residas. Por ejemplo, en 2014 era:

Sumas la base imponible general que establezca la casilla 430 con la base imponible del ahorro, según indique la casilla 445. La sumatoria debe restársele el número que indique la casilla 589 y obtendrás el resultado.

Casilla 430 + casilla 445 – casilla 589.

Para 2018 y 2019 se realizaron cambios y se estableció el cálculo de la siguiente manera:

Si presentaste la declaración de la renta

Se suma la base importe general que establezca la casilla 415 de la declaración de la renta del año previo con la base importe de ahorro contemplada en la casilla 435. Al resultado se le resta lo referido en la casilla 557.

Casilla 415 + casilla 435 – casilla 557.

¡IMPORTANTE! En caso de tramitarse una sola declaración de la renta el cálculo será sencillo. Por el contrario, en caso de haber varias declaraciones, la fórmula se aplicará a cada una por separado y los resultados se sumarán.

Si no presentaste la declaración de la renta

En caso de que uno de los integrantes de la familia no presentó su declaración -por no estar obligado-, debe saber que su información está en la Agencia Tributaria y está listas para ser acreditadas. El cálculo por este hecho se realiza de la siguiente manera:

Las bases imponibles sustituirán a la base de importe general (casilla 415) y en la base imponible de ahorro (casilla 435). Estos datos deben sumarse. En caso de realizar pagos a las retenciones, puedes restarlos. Para calcular las bases imponibles debes considerar los ingresos brutos y restarle los gastos.

Este cálculo es mucho más complicado y puede resultar problemático. Sin embargo, una vez dominado, resulta más sencillo. En su defecto, se sugiere pedir la orientación de una persona que previamente haya hecho el cálculo.

Para hallar las casillas deberás ir a la página 12 del documento en la primera información. Y a la 16 para el último dato.

Deducción de la renta

Cuando hayas obtenido los cálculos debes restarles la cantidad de las siguientes deducciones:

  • Familias numerosas: € 525 por cada hermano que sea miembro cuantificable. Si responden a familias numerosas con categoría espacial serán € Si el postulante es universitario con alguna discapacidad de 65 % o superior, debe disminuirle € 2.000.
  • Deducción por discapacidad: Este caso se aplicará si algún miembro familiar posee discapacidad. Se descontarán €811 por cada hijo o hermano afectado. Si la discapacidad es superior al 65 % serán € 2.881. Por el contrario, si es el estudiante quien posee la deficiencia de 65 % o más, la reducción será de € 4.000.
  • Hermano del postulante estudia y vive fuera del domicilio: Se restarán €176 por cada hermano del solicitante que estudie en la universidad y viva fuera del domicilio. Esto solo aplicará si son menores de 25 años.
  • Huérfano absoluto: Si el postulante tiene menos de 25 años y es huérfano de padre y madre, se disminuirá la renta en un 20 %.

Deja un comentario