Denegación beca por superar el umbral de patrimonio

Todos los estudiantes en España tienen la posibilidad de postularse por una beca del Ministerio de Educación y Cultura (MEC). Cada persona cuenta con la oportunidad de ser parte del beneficio y de entregar su solicitud ante la entidad; sin embargo, no todas las solicitudes entregadas son aprobadas. Existen varias razones para negar una beca. El sistema establece unas normas que, de ser incumplidas, el postulante no recibiría el beneficio.

Las consideraciones establecidas para desestimar un subsidio pueden agruparse en dos: económicas y administrativas. La negación inmediata de un beneficio ocurre cuando el estudiante falta a algunos de los requisitos.  Una de las causas más comunes para negar el subsidio, a nivel económico, es el cálculo de umbrales patrimoniales de la unidad familiar. Superar los montos establecidos por las convocatorias es causa de desestimar el proceso. Aquí te dejamos todo lo necesitas saber sobre el umbral de patrimonio y cómo su cálculo podría afectar tu postulación.

¿Qué es el umbral de patrimonio?

cuáles

El umbral patrimonial es todo aquel aporte monetario que recibe la familia. En este círculo, obviamente, no se incluye el sueldo, pagos por trabajos o prestaciones. Por el contrario, sí se consideran las posesiones; tales como fincas rústicas, urbanas y actividades económicas.

Al momento de hacer el cálculo, se estima el 100 % de las pertenencias de los sustentadores principales y el 50 % de los no principales. Los principales, por lo general, son los padres el beneficiado o, el mismo postulante en caso de declararse independiente. Si el candidato es independiente financieramente y vive con un cónyuge, esta persona también es considerada sustentadora principal. Entre los sustentadores no principales están los hermanos del postulante, abuelos maternos o paternos e hijos, en caso de tenerlos.

Toda esta información responde a los datos precisos para sacar el cálculo de la renta familiar. Antes de calcular el umbral patrimonial, es importante tener el resultado sobre la renta familiar. Si no sabes cómo sacarla, ingresa aquí.

La Agencia Tributaria estima como patrimonio a todo aquello que no proviene del trabajo, ni prestaciones o prensiones. Para la institución son patrimonios el valor de los bienes como casas, apartamentos, locales comerciales, garajes y entre otros. Asimismo, también toman en cuenta el capital mobiliario como cuentas de bancos, depósitos y entre otros. Adicionalmente se estiman las ganancias patrimoniales como el dinero recibido por venta de inmuebles, acciones y más.

¿Cuáles umbrales patrimoniales se toman en cuenta?

De forma más detallada, aquí te explicamos los cinco umbrales patrimoniales que se estiman en la convocatoria. El cálculo de cada uno de ellos es determinante para obtener el beneficio, ¡así que presta mucha atención!

Umbral 1: Fincas urbanas

Las fincas urbanas es la suma de los valores catastrales de cada una de ellas. Se anexarán todos las casas, departamentos o acciones que pertenezcas a los miembros computables de la familia. En ella solo será excluida la vivienda habitual. La cantidad de la suma no debería superar los 42.900 euros.

Cuando se procesa la beca, es importante revisar si se desestimó la vivienda habitual. Sobre todo, si esta es la causa para negarnos el beneficio. Si quieres saber cuál es el valor catastral de un bien, bastará con ubicar un recibo de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y en él se describirá el valor del mismo.

¿cómo calcular el valor catastral de un bien?

Lo primero que se debe tomar en cuenta es el año de revisión catastral. Este dato se multiplicará por el coeficiente. La multiplicación se hará de esta manera:

  • 1990 al 2002 x 0.49
  • 2003 x 0.43
  • 2004 x 0.37
  • 2005 x 0.30
  • 2006 x 0.26
  • 2007 x 0.25
  • 2008 x 0.25
  • 2009 x 0.26
  • 2010 x 0.28
  • 2011 x 0.30
  • 2012 x 0.32
  • 2013 x 0.34
  • 2014 x 0.36
  • 2015 x 0.36
  • 2016 x 0.36
  • 2017 x 0.37

¡IMPORTANTE! Ubica el coeficiente de tu comunidad autónoma. Esta tabla solo servirá de ejemplo.

El cálculo es muy simple. Si uno de los integrantes de la familia posee un bien con el valor de 80.500 euros, revisado en el año 2005, el cálculo sería: 80.500 x 0.30: 24.150.

En caso de que el bien sea de los sustentadores principales, se tomará el 100 % del mismo. Si pertenece a varias personas, se calculará el porcentaje correspondiente. En caso de ser de uno de los sustentadores secundarios, solo se estimará el 50 %. La misma multiplicación deberá hacerse a cada inmueble. Debemos considerar que el resultado no supere a 42.900. El monto -24.150- solo representa el 56 % de la totalidad.

Umbral 2: Fincas rústicas

Las fincas rústicas son las sumas de los valores catastrales pertenecientes a los integrantes cuantificables de la familia. La cantidad no debe superar el monto de 13.130 euros por cada miembro computable.

¿Cómo se calcula el valor catastral de una finca rústica?

El cálculo es el valor catastral se obtiene dividiéndose con el número de los integrantes de la familia. Supongamos que, en la unidad familiar hay cinco miembros. Entre el núcleo hay varias fincas con un valor de 20.000 euros. El cálculo sería 20.000 / 5: 4.000. Es importante notar que el monto no superó el máximo establecido. El resultado representa el 30 % del monto total.

Al igual que las finas urbanas, si el bien es de los sustentadores principales, se tomará el 100 % del mismo. Si pertenece a varias personas, se calculará el porcentaje correspondiente. En caso de ser de uno de los sustentadores secundarios, solo se estimará el 50 %. La misma división deberá hacerse a cada inmueble.

Construcción de fincas rústicas

El valor catastral de las fincas rústicas en construcción no debería superar el monto de 42.900 euros. Esta será considerada, salvo que sean una vivienda habitual para el núcleo familiar. El monto antes mencionado, es también importante tenerlo en cuenta en caso de que haya más construcciones de fincas rústicas.

Umbral 3: Rendimiento de capital inmobiliario e incrementos patrimoniales

El rendimiento de capital inmobiliario e incrementos patrimoniales es la suma de todos ellos, más el saldo neto positivo de todas las ganancias y pérdidas en cuanto a patrimonio. Este cálculo se hará los bienes de todos integrantes computables de la familia. Esto incluye la subvención obtenida por la compra o la rehabilitación de la vivienda vigente. Además de la renta básica. El monto no deberá superar los 1.700 euros.

¿Cómo se calcula el Rendimiento de capital inmobiliario e incrementos patrimoniales?

Para obtener el resultado es necesario ubicar la declaración de la renta del año anterior de todos los miembros de la familia. Luego de tenerlas, seguir esta fórmula sustituyendo los datos en las casillas:

409 + 54 + 232 + 402 + 406 – 283 – 283 – 284 – 286

  • Las casillas 409, 54 y 232: representan el rendimiento neto reducido del capital inmobiliario.
  • Los recuadros de 402 y 406: representan lo saldos netos positivos de todas las ganancias y pérdidas en cuanto a patrimonio.
  • Las casillas 283 y 284: representan las subvenciones recibidas para adquirir o rehabilitar la vivienda de la familia.
  • La casilla 286: representa la renta básica de la emancipación.

Es importante tener en cuenta que si el resultado de alguna estas casillas es cero (0) no debe incluirse en la declaración de la renta. Todos los miembros de la unidad deben haber hecho la declaración de la renta o ganancias patrimoniales. Es imperativo que declaren porque ante la Agencia Tributaria son reseñados para computar.

Umbral 4: Límite patrimonial conjunto

El límite patrimonial conjunto es cuando el núcleo familiar posee, no uno, sino varios de los bienes explicados previamente. Es decir, cuando existen personas con fincas rústicas y a su vez urbanas. Es importante que, individualmente no supere los montos anteriores.

¿Cómo calcular el límite patrimonial conjunto?

El mismo se hace utilizando los porcentajes de valor en relación con el umbral. Al alumno se le negará la beca si el resultado supera el cien. Esta, es una de las razones principales por la cual el MEC niega becas. Además, que este punto genera cierta confusión.

Los porcentajes antes mencionados serán utilizados en este momento.

30 + 56 + 2: 88. Como te darás cuenta, el número no supera el 100. Eso significa que, siguiendo el ejemplo propuesto, la beca no sería negada por no superar el umbral de patrimonio. Es importante que cada persona que desee optar por una beca, haga esta sumatoria antes de entregar los documentos. Así, tendrás certeza cómo funciona el sistema de patrimonio.

También, lo tendrás como respaldo en caso de que, en la unidad de becas se equivoquen y hagan mal el cálculo; de esta manera el estudiante podrá alegar. Es recomendable conversar con algún otro postulante o cercano que haya pasado por este proceso y sepa sacar las cuentas. Quizá podría darte consejos y orientarte en relación con el proceso.

Umbral 5: Rendimiento de actividades económicas

El anterior no es la única vía para negarte una beca. Existe otro cálculo que, de superarlo, también sería razón para negar el beneficio. En este caso, se frustrará el proceso si se comprueba que la suma de los ingresos familiares supera la cantidad 155.500 euros. Para sacar la sumatoria se toma en cuenta:

  • Ingresos que deriven de actividades económicas.
  • Ingresos que provengan de una participación de los miembros computables ante la Agencia Tributaria. Las ganancias no deberían ser mayores a 150 % en actividades económicas.

La manera de sacar esta cuenta es: sustituir los números de las siguientes casillas

109 + 144 + 169 + 211

  • La casilla 109: responde a los ingresos económicos en estimulación directa.
  • La casilla 169: responde a los ingresos económicos que derivan de actividades ganaderas, forestales y agrícolas.
  • Las casillas 144 y 211: responde a los ingresos económicos provenientes de comunidades de viene y estimulación objetiva.

Esperamos que la información te haya sido de utilidad y, en caso de tener más dudas, te recomendamos ir a la Unidad de Becas de tu centro educativo.

11 comentarios en “Denegación beca por superar el umbral de patrimonio”

  1. Me han denegado la beca pero no me coinciden los importes del umbral con los míos. La única duda que tengo es que tengo un terreno rústico y está construida en el un vivienda no habitual. ¿Cómo debo considerar el terreno para hacer los cálculos?

    • Hola, Lucia.
      Debes considerarlo como una finca rústica. Recuerda que la cantidad no debe superar el monto de 13.130 euros por cada miembro computable. Al igual que las finas urbanas se tomará el 100 % del monto total. Si pertenece a varias personas, se calculará el porcentaje que corresponde para este punto. En caso de ser de uno de los sustentadores secundarios, solo se estimará el 50 %.
      Te recordamos además, que si te niegan la beca y estás en desacuerdo existe un proceso a seguir para que reconsideren la decisión.
      ¡Gracias por escribir!

  2. Tengo una segunda vivienda en Navarra con valor catastral de 43.500 euros,
    mi hija va hacer 1º de universidad en Guipúzcoa, el valor catastral supera los 42.900 euros.
    Tengo que multiplicar por el coeficiente de 0,50 para saber si supero el limite o lo que vale es el valor catastral de la vivienda.

    • Hola, Jabi
      Si el valor catastral de tu vivienda en Navarra supera los 42.900 euros entonces es muy poco probable que obtengas la beca porque esta es una de las condiciones que existen para negarla. Recuerda que los datos en el artículo sirven de ejemplo. Para saber si eres o no un candidato a la beca, sigue este paso: Si uno de los integrantes de la familia posee un bien con el valor de 80.500 euros, revisado en el año 2005, el cálculo sería: 80.500 x 0.30: 24.150. Si la propiedad es tuya, se tomará en consideración el 100 %. Lo importante es que la multiplicación no supere los 42.900
      ¡Gracias por escribir!

    • Hola, ¿alguien que me pueda ayudar? Me deniegan la beca por superar él umbral, pero no se calcular el motivo. Solo tengo un sueldo, somos dos personas (mi hija y yo )y se supone que la.vivienda habitual no cuenta( yo declaro el 50%)

  3. Buenas, mi duda es, ¿ la primera vivienda no se cuenta? de la segunda vivienda y cocheras, ¿hay q mirar el valor catastral, sin multiplicar x ningún coeficiente?, xq evidentemente la segunda vivienda y cocheras es de los padres ( integrantes de la familia) y no de la persona q solicita la beca (no del estudiante)

  4. Buenos días, a mi hijo le han denegado la beca porque superamos el coeficiente de la vivienda.

    El tema es el siguiente,

    Estoy en la vivienda habitual y a mi en renta no me la tienen en cuenta, pero mi marido no la tiene como vivienda habitual porque el trabaja fuera esta empadronado en otro lugar por motivos laborales.

    Como puedo recurrir la beca y tengan en cuenta que es por ese motivo

    Muchas gracias.

  5. Hola me han denegado la beca por acumulación de patrimonio no se que es eso ya que la situación familiar no ha variado.Que significa acumulación de patrimonio?? Muchas gracias

  6. Hola! Me han denegado la beca por indicar que superó la renta de patrimonio. Revisando la declaración de la renta observo que es por el cómputo que recibí en el 2019 por la concesión de ayuda de alquiler. Es correcto que se deniegue por este concepto? Si presento alegación hay alguna chance de que se apruebe?

  7. Hola yo quería preguntar si la vivienda habitual que no se computa es la del solicitante o la de su madre ya que estamos en viviendas distintas pero ella consta como unidad familiar en la beca, la vivienda está a su nombre pero no sé si no se computa en la que vivo yo o en la que vive ella

  8. Hola me denegaron la beca y pone que supero los umbrales de patrimonio, tras consultar los datos que sobre su unidad familiar obran en poder de la administración tributaria . Si podéis decirme que significa , y por que la deniegan

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